martes, 30 de noviembre de 2010

Programa de consultoría gratuita de la Sepyme

A través del nuevo programa “Expertos PyME” las pequeñas y medianas empresas accederán al servicio por el cual podrán obtener un diagnóstico pormenorizado sobre la situación de la empresa y opciones para optimizar su sistema productivo.
Expertos PyME ofrece beneficios que se aplican en dos etapas: en la primera, un profesional de primer nivel elegido por el empresario (se prevé la conformación de un listado de al menos 200 consultores) realiza un diagnóstico de situación de la empresa en las distintas áreas que resultan significativas en cuanto a la rentabilidad, productividad y competitividad, íntegramente supervisado y costeado por la SEPyME.
En una segunda parte, de carácter opcional, el consultor podrá implementar el proyecto de mejoras recomendadas, por ejemplo, para que la pyme aumente su rentabilidad, la eficiencia en los procesos o agregue valor a sus productos. En este caso, SEPyME cubrirá un 50% de los honorarios del consultor a cargo. Los resultados de esta etapa serán completamente confidenciales y le pertenecerán exclusivamente a la PyME.
Todos los técnicos que participan del programa son profesionales que cuentan con formación específica en las diferentes áreas que resultan significativas para las empresas. Además, registran experiencia en firmas o consultoras de primer nivel, con al menos 10 años de carrera y con cargos gerenciales o superiores.
Como otras herramientas de capacitación, financiamiento y asesoría técnica del organismo, el Programa Expertos Pyme, tiene estandarizados los tiempos de respuesta: una vez que el proyecto es presentado on-line a través del sitio del programa y es elegido el profesional a cargo, la Secretaría responderá en un máximo de 2 días hábiles sobre la viabilidad de la asistencia.
Los tiempos de finalización del diagnóstico, también están estipulados y constan de 45 días. En ese periodo el consultor brindará 4 jornadas, de 5 horas cada una en las instalaciones de la empresa que demande el servicio. La segunda etapa se inicia a partir de la revisión y ajuste del plan de mejoras preparado en la etapa de diagnóstico. Puede abarcar distintos aspectos de la empresa y se desarrollará en un máximo de 8 jornadas de 5 horas, con un tiempo de finalización estipulado de 60 días.
Las pymes que accedan al programa, contarán con un diagnóstico y un plan de mejoras que les permitan aprovechar con mayor eficiencia otro tipo de herramientas de SEPyME; especialmente aquellas que facilitan financiamiento flexible para realizar inversiones en bienes de capital, construcción e instalaciones, como Fonapyme, o bien, el otorgamiento de aportes no reembolsables en acciones tendientes a mejorar la competitividad, como es el caso del PACC.
Para mayor información puede dirigirse al sitio del programa (www.sepyme.gob.ar/expertospyme) o consultarnos, ya que el Estudio se encuentra inscripto el el Directorio de Consultores (DIRCON) del Organismo.

lunes, 29 de noviembre de 2010

Monotributistas incumplidores ya se encuentran expuestos a pagos a cuenta de IVA y Ganancias.

Aquellos Monotributistas que en promedio facturan más de $6.000 al mes, o sean empleadores, y no hayan declarado -hasta fines de septiembre pasado- la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados -entre otros datos solicitados por el fisco- podrán ver reducidos a la mitad sus ingresos en los próximos días.
Esto es así porque además de la multa prevista en la Ley de Procedimiento Tributario, que puede llegar a $45.000, el régimen establece expresamente que el contribuyente que no presente la información cuatrimestral requerida no podrá obtener su constancia de inscripción fiscal, operando así una suspensión de su condición frente a la AFIP, generando los siguientes efectos:
•Los clientes les aplicarán el régimen retención especial en IVA (21%) y Ganancias (35 %).
•Los proveedores les aplicarán el régimen de percepción en IVA.
A esto se le suma que el pago a cuenta efectuado en IVA y Ganancias sólo podrá ser computado cuando dicho monotributista abandone el régimen simplificado e ingrese al régimen general con el consecuente aumento de la presión fiscal a soportar.
Complementariamente, las autoridades de la AFIP ya comenzaron a aplicar una nueva herramienta: la recategorización de oficio.
Más precisamente, la AFIP puede excluir a los pequeños contribuyentes que facturan o gastan en exceso.
Los límites de gastos para estos contribuyentes son del 40% de las ventas en el caso de los prestadores del servicios, y del 80% para los que efectuen operaciones de compraventa.
El próximo vencimiento de la declaración jurada informativa cuatrimestral opera el próximo 31 de Enero, por las operaciones del período Septiembre-Diciembre 2010, téngalo en cuenta para evitar sanciones.

martes, 23 de noviembre de 2010

Programa de Acceso al Crédito y la Competitividad – PACC

Aún se encuentra en plena vigencia este programa de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Reginal (Sepyme) que otorga Aportes no Reembolsables a aquellas empresas interesadas en lejorar su productividad comercial o bien su gestión, a través de, por ejemplo:
Contratar la elaboración de una investigación de mercado.
Conseguir apoyo profesional para redefinir su estrategia empresarial o comercial.
Desarrollar o adaptar sus líneas de productos.
Procurarse asesoramiento para hacer más eficiente su política de comunicación o publicidad.
Recibir apoyo de profesionales para exportar más, mejor o comenzar hacerlo.
Contratar el desarrollo de mejoras en los procesos productivos, administrativos o de sistemas.
Conseguir asistencia para generar programas de innovación tecnológica.
Certificar calidad mediante las normas de cada actividad utilizando el asesoramiento pertinente.
Para desarrollar tecnologías limpias.
Asesorarse e implementar proyectos de uso de energías renovables.
Los ANR se otorgarán de acuerdo a los siguientes montos máximos por concepto:
Reintegro Técnico. Honorarios profesionales para desarrollar el proyecto: podrá ser hasta el 60% del gasto (hasta 80% en caso de mejoras al medio ambiente) hasta $90.000.
Gastos de traslados de los consultores (pasajes a su nombre): hasta 5% del reintegro técnico.
Adquisición de equipos o instrumentos de medición, ensayos y control: hasta el 25% del reintegro técnico.
Licencias de software y hardware (en proyectos informáticos): hasta el 25% del reintegro técnico.
Fabricación de matrices, moldes, prototipos y construcción de stands: hasta el 50% del reintegro técnico.
Empresas elegibles.
Para poder acceder a las facilidades del Programa las empresas deben calificar como MyPyME, estar radicadas en la Argentina, tener dos años de actividad económica y contar con una situación fiscal regularizada.
Las empresas interesadas deberán formular un Proyecto de Desarrollo Empresarial (PDE). La formulación del PDE podrá ser realizada internamente por la empresa, en cuyo caso no recibirá el ANR por este concepto, o contratando servicios de consultoría a tales efectos. En este último caso el costo de los honorarios se reintegrará en un 100% hasta un monto máximo de $4.000.
Todos los consultores (Prestadores de Servicio de Asistencia Técnica) que estén a cargo de las actividades ejecutadas en los "PP", deben estar inscriptos en el Directorio de Consultores (DIRCON).
Para mayor información puede dirigirse al sitio web del programa
http://www.sepyme.gob.ar/pacc/ o consultar con nuestro Estudio (DIRCON N° 11.424).




ARBA y Turismo harán operativos en conjunto esta temporada en la Costa Atlántica

De cara al verano, los titulares de ARBA,Martín Di Bella, y de la Secretaría de Turismo Provincial, Ignacio Crotto, se reuniron para elaborar estrategias de trabajo en conjunto con el objetivo de perfeccionar los operativos antievasión en los lugares de veraneo.
Di Bella aseguró que es un mandato del gobernador Scioli que todas las áreas trabajen mancomunadamente para optimizar los recursos, lograr mayor eficiencia y respetar el merecido descanso de los turistas y el trabajo de los comerciantes de temporada sin menoscabar la generación de recursos provinciales
Crotto a su vez indicó que le solicitaron al titular de ARBA la posibilidad de mantener reuniones con las diferentes cámaras empresariales para detallar el trabajo de la agencia.

viernes, 19 de noviembre de 2010

Se viene la factura electrónica para los Monotributistas

En los próximos días la AFIP anunciará que a partir de Marzo próximo los monotributistas de las categorías más altas deberán adherirse al régimen de factura electrónica.
El Organismo apunta a incorporar al régimen a todos los monotributistas comprendidos en las nuevas categorías vigentes a partir de este año.
Es decir que deberán emitir comprobantes electrónicos aquellos prestadores de servicios monotributistas que facturen más de $72.000 anuales, y aquellos que realicen otras actividades por ventas superiores a los $144.000 anuales.

jueves, 18 de noviembre de 2010

Taller de Formación de Tutores en Emprendedorismo

La Secretaría de Extensión de la FCEyS de la UNMDP, la Municipalidad de Gral. Pueyrredon, la Agencia de Desarrollo estratégico Mar del Plata, el Centro de Investigaciones Científicas (CIC) y Buenos Aires La Provincia, invitan a participar del Taller de Formación de Tutores en Emprendedorismo.
El taller está destinado a profesionales, graduados o estudiantes avanzados de las carreras de administración, contador, economía, ingeniería, diseño, comunicación, y carreras afines, interesados en formarse como tutores a fin de asistir a emprendedores.
FECHAS, HORARIO Y LUGAR
Viernes 19/11 y 26/11 de 17:30 a 20:30 hs.
Sábados 20/11 y 27/11 de 10:00 a 13:00 hs.
Sede de la Agencia de Desarrollo Estratégico Mar del Plata (Alvear 3251, Mar del Plata)
ACTIVIDAD SIN ARANCELAR
INFORMES
Facultad de Ciencias Económicas
Funes 3250 1°Piso
Te.: 474 9696 int. 303
E-mail: extension@eco.mdp.edu.ar
Inscrpciones: www.eco.mdp.edu.ar/tutores

martes, 16 de noviembre de 2010

A partir del 1/1/11 los operadores turísticos deberán facturar de manera electrónica

A través de la Res. Gral. AFIP 2.959/10, publicada en el boletín oficial de ayer, se establece el procedimiento para la emisión obligatoria de factura electrónica destinada a respaldar operaciones vinculadas a la actividad hotelera y turística.
Las actividades comprendidas son:
• Servicios de reservas hoteleras realizados a nombre de terceros, prestados por personas físicas o jurídicas, a cambio de un beneficio económico.
• Venta de períodos de uso en Sistemas Turísticos de Tiempo Compartido, regulada por la Ley 26.356 (incluidos la venta de intervalos de tiempos compartidos, gastos derivados del uso, goce y administración del mismo, cuotas de mantenimiento –expensas–, etc., cualquiera sea la forma de pago y/o contratación).
• Ventas realizadas por agencias mayoristas y minoristas de viajes y turismo.
Están alcanzados por esta disposición los comprobantes que se detallan a continuación:
a) Facturas clase "A".
b) Notas de crédito y notas de débito clase "A".
c) Facturas clase "B".
d) Notas de crédito y notas de débito clase "B".
La solicitud de incorporación al régimen podrá efectuarse a partir del 17/11/10 mediante alguna de las siguientes opciones:
a) El programa aplicativo denominado "AFIP DGI - RECE - REGIMEN DE EMISION DE COMPROBANTES ELECTRONICOS - Versión 4.0", de acuerdo con lo establecido en la Resolución General Nº 2485, sus modificatorias y complementarias.
b) El intercambio de información del servicio "web", cuyas especificaciones técnicas se encuentran publicadas en el sitio "web" de este Organismo (http://www.afip.gob.ar).
c) El servicio denominado "Comprobantes en línea". Este servicio sólo podrá ser utilizado para generar hasta DOS MIL CUATROCIENTOS (2400) comprobantes anuales.

Nueva norma ISO 26000 sobre Responsabilidad Social

El anuncio realizado por ISO (Internacional Organization for Standardization) es el resultado del consenso internacional logrado entre expertos, representantes de los principales grupos de interés en materia de Responsabilidad Social (RS), el cual se materializará en una norma diseñada para fomentar la aplicación de buenas prácticas de RS en todo el mundo.
La votación del Borrador Final de Norma Internacional (FDIS), por parte de los organismos nacionales de normalización –miembros ISO–, se cerró el 12 de septiembre. Fue aprobado por el 94% de los países y ampliamente apoyado por las organizaciones de vinculación que también participaron en su desarrollo, abriendo así el camino a la publicación como una Norma Internacional.
Robert Steele, Secretario General de ISO destacó a la ISO 26000 como “una potente herramienta para que las organizaciones pasen de las buenas intenciones a las buenas acciones sobre RS”, para que aquellas con voluntad de operar de forma socialmente responsable “apliquen dicho concepto de forma pragmática y orientada al desempeño”.
ISO 26000 contiene orientaciones voluntarias. No es un documento de especificaciones destinadas a la certificación de terceras partes, como lo son las Normas ISO 9001 e ISO 14001.
El desarrollo de la norma se inició en 2005. El proyecto fue llevado a cabo por un Grupo de Trabajo de ISO integrado por representantes de múltiples partes interesadas. El grupo estuvo integrado por expertos y observadores de 99 países miembros ISO –de los cuales 69 son países en desarrollo–, y por 42 organizaciones del sector público y privado.
La elaboración de la norma contó con la representación de seis grupos principales de partes interesadas: industria; gobierno; trabajadores; consumidores; organizaciones no gubernamentales y de servicio, soporte, investigación y otros; así como con un equilibrio geográfico y de género de los participantes. El grupo de trabajo contó con la participación de más de 400 personas, convirtiéndose en el más grande de la historia de ISO.
La orientación proporcionada por la Norma ISO 26000 se basa en las mejores prácticas desarrolladas por las actuales iniciativas de RS del sector público y privado.
El documento es coherente y complementario a las declaraciones y convenciones pertinentes de las Naciones Unidas y sus integrantes, en particular con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con quien ISO ha establecido un Memorando de Entendimiento (MoU) para asegurar la coherencia con sus normas laborales.
El IRAM, en su carácter de organismo nacional de normalización miembro de ISO, ha coordinado desde 2005 la activa participación de la República Argentina en el proceso de estudio internacional de la ISO 26000
Fuente: IRAM.

lunes, 15 de noviembre de 2010

Cuenta Gratuita Universal: ya fueron abiertas casi 8000 desde su lanzamiento hasta el 5 de noviembre

Este tipo de cuentas están vigentes desde el 18 de octubre y, según un relevamiento realizado por el BCRA entre 10 entidades financieras (públicas y privadas), ya fueron abiertas casi 8000 desde su lanzamiento hasta el 5 de noviembre a razón de 500 por día.
La cuenta gratuita universal no tiene costos de emisión ni de mantenimiento y está disponible para las personas mayores de 18 años que no posean ninguna otra cuenta. En el caso de quienes ya tengan alguna, y quieran obtener este beneficio, deberán cerrar la que hoy tienen a su nombre previamente para poder abrir la gratuita.
El único documento necesario para abrirla es el DNI, sólo puede constituirse en pesos y tiene asociada una tarjeta de débito, que permite operar sin cargo a través de los cajeros automáticos del banco que habilite la cuenta y realizar compras con el beneficio de la devolución del 5% del IVA.
Los bancos deberán exhibir desde hoy en todas sus sucursales carteles informativos sobre las características de la Cuenta Gratuita Universal (CGU) y el nuevo esquema de costos para las transferencias bancarias, que ya comentáramos (ver publicación del 9 del corriente).

viernes, 12 de noviembre de 2010

Se modificó el calendario de feriados nacionales por Decreto.

El 3/11/2010 se publicaron dos Decretos del Poder Ejecutivo Nacional que modifican el calendario de feriados nacionales y días no laborables. Se justificó el dictado de los decretos en que la sanción de la norma que había enviado al Congreso Nacional no podrá concretarse con la antelación necesaria para dar previsibilidad y posibilitar a los ciudadanos la planificación de sus actividades.
El Dto. 1.584/10 incorpora como feriado nacional el día 20 de noviembre, fecha recordatoria de un hito histórico importante como es la batalla de Vuelta de Obligado, como el Día de la Soberanía Nacional.
Se incorporan, además, como feriados nacionales al lunes y martes de carnaval, que habían sido eliminados del calendario de feriados en el año 1976.
Se modifica también la denominación del feriado del día 12 de octubre que conmemorará el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
Quizás la novedad más importante es que la norma establece también algunos feriados turísticos con el fin de disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector.
Para ello se dispone que, en caso de coincidir cualquier feriado nacional con los días martes o jueves, el PEN podrá fijar 2 feriados por año, que deberán coincidir con los días lunes o viernes inmediato respectivo. Si los feriados no coinciden con los días martes o jueves, el PEN fijará los 2 feriados que serán destinados a desarrollar la actividad turística.
Estos feriados serán determinados por períodos trianuales, con una antelación de 50 días a la finalización del año calendario, a fin de dar a la ciudadanía previsibilidad para la planificación de las actividades
Así, el calendario establecido por el Dto. 1.584/10 es el siguiente:
Feriados nacionales
-1º de enero: Año Nuevo
-Lunes y Martes de Carnaval.
-24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
-Viernes Santo.
-2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
-1º de mayo: Día del Trabajo.
-25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
-20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano.
-9 de julio: Día de la Independencia.
-17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín (será cumplido el tercer lunes de ese mes)
-12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (será cumplido el segundo lunes de ese mes)
-20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (será cumplido el cuarto lunes de ese mes)
-8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
-25 de diciembre: Navidad.
Días no laborables
-Jueves Santo.
-Para quienes profesen la religión judía, los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), 2 días, el Día del Perdón (lom Kipur), 1 día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los 2 primeros días y los 2 últimos días.
-Para quienes profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al–Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al–Adha).
Por su parte, mediante El Dto. 1.585/10 el PEN fijó para los próximos 3 años los feriados con fines turísticos como sigue:
Año 2011: 25 de Marzo y 9 de Diciembre.
Año 2012: 30 de Abril y 24 de Diciembre.
Año 2013: 1º de Abril y 21 de Junio.

jueves, 11 de noviembre de 2010

Mar del Plata a la cabeza de las clausuras de ARBA en lo que va del 2010

Arba clausuró casi 700 comercios en toda la Provincia en lo que va del año 2010. Entre las localidades con más sanciones en este 2010 se encuentran Mar del Plata, con 201 clausuras; La Plata, con 81; y el Partido de La Costa, con 42 casos.
Entre los rubros comerciales donde Arba constató mayor cantidad de infracciones en lo que va de 2010, se encuentran los locales de venta de ropa, restaurantes y pubs, así como también numerosos supermercados. En tanto que la infracción más frecuente fue la no emisión de ticket o factura (40% de los casos), la no inscripción de la actividad (17%), la falta de declaración jurada o pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (13%), y la carencia del certificado de domicilio (15%), entre otras contravenciones.

Esperemos que para esta temporada que se avecina los comerciantes se concienticen sobre la importancia de la emisión de facturas y sobre todo hagan los trámites formales necesarios para no incurrir en infracciones formales que pueden evitarse tan facilmente.

miércoles, 10 de noviembre de 2010

Tercerización laboral: tiene dictámen el proyecto que modificaría el alcance de la ¨responsabilidad solidaria¨ de los contratantes.

El asesinato del militante del Partido Obrero en un reclamo de empleados tercerizados puso el foco sobre la situación de este tipo de empleados. A raíz de esto la semana pasada se le dio despacho a un proyecto que estaba en la mesa de la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados desde el año pasado y que modificaría el Art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo. Este artículo actualmente indica que las empresas que subcontratan son solidariamente responsables solamente cuando la tercerización se realiza sobre la actividad principal de la empresa.
El proyecto entonces prevee la ampliación de esta responsabilidad cualquiera sea el origen y el destino de la subcontratación, haciendo al contratante solidariamente responsable por el adecuado cumplimento de las normas relativas al trabajo y los organismos de seguridad social respecto de todos los trabajadores tercerizados.
Textualmente el texto del proyecto dice:
ARTICULO 1°: Modifíquese el art. 30 de la Ley 20.744, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 30. Subcontratación y delegación. Solidaridad. Quienes cedan total o parcialmente
a otros el establecimiento o explotación habilitado a su nombre, o contraten o
subcontraten -cualquiera sea el acto que le dé origen- trabajos, obras o servicios
correspondientes a la actividad normal y específica propia o accesoria pero necesaria,
complementaria o coadyuvante del establecimiento, tanto dentro como fuera de su
ámbito, y tenga aquélla o no fines de lucro, o procedan a fraccionar el proceso
productivo en diferentes etapas, deberán exigir a sus contratistas o subcontratistas el
adecuado cumplimento de las normas relativas al trabajo y los organismos de seguridad
social.
Los contratantes o subcontratantes, deberán exigir además a sus contratistas o
subcontratistas el número del Código Único de Identificación Laboral de cada uno de
los trabajadores que presten servicios y la constancia de pago de las remuneraciones,
copia firmada de los comprobantes de pagos mensuales al sistema de la seguridad
social, una cuenta corriente bancaria de la cual sea titular y una cobertura por riesgos del
trabajo.
Los contratantes o subcontratantes, en todos los casos, serán solidariamente
responsables de las obligaciones contraídas por los contratistas o subcontratistas con los
trabajadores y los organismos de la seguridad social, incluida la entrega de las
constancias y certificados previstos en los arts. 80 de la presente ley y 12 inc. g) de la
ley 24.241, durante el plazo de duración de tales contratos o al tiempo de su extinción,
cualquiera que sea el acto o estipulación que al efecto hayan concertado...¨
El dictamen de la comisión presidida por Héctor Recalde fue consensuado entre los representantes del oficialismo y los bloques de la oposición, por lo que la iniciativa podría obtener media sanción de Diputados dentro de un par de semanas y ser aprobado por el Senado antes de fin de mes.






martes, 9 de noviembre de 2010

Reducción de los costos de transferencias bancarias: una herramienta contra la inseguridad

Con el fin de contrarrestar la inseguridad ocasionada por los actos delictivos conocidos como ¨salideras bancarias¨, el Banco Central busca estimular el uso de las transferencias bancarias y disminuir la circulación del dinero en efectivo. Para esto implementó un sistema transparente por el cual cada cliente puede conocer de antemano el costo de realizar transferencias de una cuenta bancaria a otra, además de reducir drásticamente ese costo estableciendo límites máximos.
Este nuevo sistema entró en vigencia el 1 de noviembre de 2010, y funciona de la siguiente manera:

Las transferencias que realicen los titulares de cuentas bancarias a través de Home Banking (Internet) o cajeros automáticos hasta $ 10.000 diarios son gratuitas. Las comisiones por las transferencias por esas vías que superen los $ 10.000 diarios no pueden superar el 50% del costo que cada banco establezca para las operaciones por ventanilla en las sucursales bancarias.
De esta manera, las comisiones por transferencias realizadas a través de Home Banking (Internet) o cajeros automáticos tienen los siguientes límites máximos:
– Hasta $ 10.000 transferidos, son gratuitas.
– Entre $ 10.000 y $ 50.000, la comisión máxima es de $ 2,50.
– Entre $ 50.000 y $ 100.000, la comisión máxima es de $ 5.
– Más de $ 100.000, la comisión máxima es de $ 150.
Asimismo, los cargos por las transferencias realizadas por ventanilla en sucursales bancarias tienen límite máximo, de acuerdo al siguiente esquema:
– Hasta $ 50.000 transferidos, la comisión máxima es de $ 5.– Entre $ 50.000 y $ 100.000, la comisión máxima es de $ 10.– Más de $ 100.000, la comisión máxima es de $ 300.
A estas comisiones se suman los cargos por cobertura geográfica, que corresponde cobrar en el caso que el banco que recibe la transferencia se encuentre en una zona donde no haya más de dos bancos. Esta comisión equivale al 1 por mil del monto transferido, con un límite máximo de $300 para las comisiones por ventanilla por más de $ 100.000.
De acuerdo a su política comercial, cada banco puede establecer comisiones menores a los límites máximos fijados por el Banco Central.
Consultas y reclamos: Línea gratuita del B.C.R.A., 0 800 999 6663, de 10:00 a 15:00 horas, o por e-mail a clientebancario@bcra.gov.ar.

Regreso, con gloria?

Estimados clientes y amigos, luego de una obligada ausencia por motivos tanto laborales como personales, vuelvo a la carga con la actualización de mi blog. Prometo no abandonarlos más! Caso contrario se aceptan reclamos...