martes, 28 de diciembre de 2010

Nueva contribución patronal FATERYH

A partir del corriente mes (diciembre 2010), se tributará un 0,5% más en lo correspondiente a la Contribución Patronal de Cargas Sociales.
Esto se debe a la puesta en marcha del art. 29 del Convenio de SUTERH 589/10: Para ello se crea una nueva boleta llamada SERACARH (0.5% aplicable a la parte patronal), se pagará aparte de las boletas de SUTERH y FATERYH.
CCT 589/10
Servicio de conciliación
Art. 29 – En virtud de lo acordado en fecha 16 de abril de 2009, los representantes de la parte sindical, Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH), los de la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH), los de la Unión de Administradores de Inmuebles (UADI) y los de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), resuelven crear el “Servicio de facilitación optativa para trabajadores y empleadores de renta y horizontal”. Es un servicio de facilitación y negociación laboral optativa, que funcionará en el marco de este convenio y del convenio vigente para los trabajadores/as de edificios de renta.
Tiene por misión brindar a los trabajadores y empleadores un espacio imparcial, que posibilite la negociación de sus respectivos intereses. El Consejo Directivo estará conformado por seis integrantes titulares, tres por la parte sindical, de los cuales uno será del SUTERH, ciudad de Buenos Aires y G.B.A. y los otros dos de la FATERyH, los otros tres por la parte patronal que será uno por la AIERH, otro por la UADI y otro por la CAPHyAI.
Asimismo, habrá dos integrantes suplentes, uno por la parte sindical y otro por la patronal. El Consejo Directivo aprobara el diserto y desarrollo del servicio para su funcionamiento y homologación. Asimismo, a efectos de poner en marcha el servicio, las partes acuerdan incrementar en un cero coma cinco por ciento (0,5%) el aporte empleador previsto en el art. 27 de este convenio. A tal fin, la FATERyH destinara una cuenta especial para dicha recaudación, asignando los fondos necesarios para el funcionamiento del servicio. Las partes estiman que este servicio se implementará en un plazo de ciento ochenta días.
Fuente: FATERYH.

lunes, 27 de diciembre de 2010

Prorrogan la devolución de 5% de IVA en compras con tarjeta de débito

Se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2011 la devolución de 5% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los consumos pagados con tarjetas de débito.
Esta ha sido una herramienta útil para la ¨bancarización¨ de los consumos, otorgando un importante beneficio económico a los usuarios de tarjeta de débito, y al Gobierno una nueva herramienta de control fiscal y de incentivo para la reducción de circulación de efectivo. 
Los beneficiarios de los planes sociales y de la asignación universal por hijo que poseen su tarjeta de débito para el cobro también pueden aprovecharlo, aunque aún no es una metodología que esté ampliamente difundida en este segmento, tanto por factores culturales como económicos.
En el articulado de la resolución 861 del Ministerio de Economía se aclara que quedan exceptuados de esta devolución parcial del IVA "los pagos correspondientes a compras de combustibles líquidos y gas natural".
Sería bueno que se volviera a implementar este mecanismo en lo relativo a compras con tarjeta de crédito, que en su momento otorgaba una  devolución del 3% del IVA.
Fuente: Boletín Oficial

domingo, 19 de diciembre de 2010

Los bonaerenses podrán pagar sus impuestos sin tener la boleta

La Agencia de Recaudación de la Provincia (ARBA) puso en marcha un novedoso sistema de cobro que posibilitará, a partir de enero de 2011, contar con más de 300 bocas de atención en diversos puntos del territorio bonaerense, a través de las cuales se podrán pagar los impuestos sin necesidad de que el contribuyente cuente con la tradicional boleta de papel.
Estas agencias habilitadas operan mediante el esquema Bapro Pagos y funcionan dentro de locales comerciales, como kioscos, polirrubros, locutorios, farmacias, supermercados, librerías, locales de quiniela, entre otros; y también en ciertas instituciones, como cámaras de comercio, asociaciones profesionales, delegaciones municipales; que brindan servicios en la Costa Atlántica y en distintas ciudades de la provincia de Buenos Aires.
El contribuyente deberá acercarse a cualquiera de las bocas de cobro habilitadas y sólo con dar a conocer el dominio de la patente de su vehículo, o el número de partida de su propiedad, podrá abonar los impuestos a los Automotores, Inmobiliario y, también, a las Embarcaciones Deportivas.
Esta nueva alternativa de pago se inscribe dentro de un amplio programa de acciones que ARBA llevará adelante este verano en diferentes puntos turísticos de la Provincia. Alrededor de 2.000 agentes desarrollarán tareas de fiscalización y, paralelamente, brindarán diferentes servicios a los contribuyentes que se encuentren de vacaciones.
A partir de la iniciativa de ARBA, este verano se podrá pagar sin boleta en agencias Bapro Pagos habilitadas de las siguientes localidades de la Costa Atlántica: Mar del Plata, Villa Gesell, San Clemente, Pinamar, Mar del Tuyú, Miramar, Las Toninas, Mar de Ajó, Santa Teresita, Necochea, Mar Chiquita y Santa Clara del Mar, entre otras.
También habrá bocas de pago habilitadas en gran parte del conurbano bonaerense, y en ciudades como La Plata, Junín, 25 de Mayo, 9 de Julio, Tandil, Trenque Lauquen, San Nicolás, Monte, Magdalena, Baradero, Benito Juárez, Berisso, Bahía Blanca, Campana, Cañuelas, Carhué, Carmen de Areco, Patagones, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Dolores, General Arenales, Viamonte, Pehuajó y Zárate, entre otras.
Además, el servicio estará disponible en ciertos barrios de la ciudad de Buenos Aires, y en algunas agencias de las provincias de Córdoba, Santiago del Estero, La Pampa y Río Negro.
Fuente: ARBA

Mayor costo por mora en el pago de impuestos

El Ministerio de Economía dispuso aumentar las tasas de interés por pago de impuestos y de obligaciones de la seguridad social que se hagan fuera de término. Y lo hizo -según los considerandos de la resolución 841, publicada la semana pasada en el Boletín Oficial- para evitar que "los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos".
Según lo establecido, el interés resarcitorio por deudas impositivas o previsionales pasará del 2 al 3% mensual. Por su parte, los intereses punitorios, que son los generados cuando el fisco o la obra social debe recurrir a la Justicia para intentar cobrar lo que se les debe, pasarán del 3 al 4% mensual.
En ambos casos, la nueva tasa regirá para las obligaciones que tengan vencimiento a partir del 1° de enero de 2011. Para cancelar obligaciones que hayan vencido antes de esa fecha, se aplicarán los intereses vigentes durante cada uno de los períodos correspondientes, según aclara la resolución.
Fuente: AFIP

viernes, 10 de diciembre de 2010

Principales proyectos de índole laboral

Resumen de la situación de los proyectos laborales ante el fin de las sesiones ordinarias del Congreso de la Nación.  
1. Duplicación del pago de la jornada los sábados después de las 13 hs. y los domingos, con más el otorgamiento del franco compensatorio (Modificación arts. 204 y 207 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744):El proyecto cuenta con media sanción del Senado de la Nación y obtuvo dictamen favorable de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados. No fue tratado en la Cámara baja, pero está en condiciones de ser incorporado al Orden del Día a partir de las Sesiones Ordinarias de 2011.
2. Tercerización de servicios (Modificación del art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744):
El proyecto cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados. No fue tratado en el recinto, pero reúne las condiciones a tales efectos a partir de marzo próximo y de ser aprobado, pasaría al Senado para su consideración. El proyecto establece que las empresas deberían exigir de ahora en más no solo el cumplimiento de las normas laborales, sino también las de Seguridad e Higiene. Además, de cumplirse las tareas tercerizadas dentro de la empresa que contrata o en un predio bajo su guarda, al personal de la empresa contratista se le deberá aplicar el Convenio Colectivo correspondiente al personal permanente de la empresa contratante.
3. Sumas no remunerativas:
El proyecto fue considerado por asesores de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado. Establecería que en 2011 pueden negociarse sumas no remunerativas por un plazo no mayor de 6 meses y en un porcentaje que no podría superar el 50 % del aumento salarial que se acuerde. A partir de 2012 no sería posible negociar sumas no remunerativas. Respecto de las sumas vigentes se integrarían a los salarios en 5 trimestres, contados a partir del tercer mes de sanción de la ley, y a razón de un 20 % de los montos existentes con dicho carácter.
No tuvo tratamiento en la última sesión del Senado, si bien estaba en el Orden del Día. Pasó a marzo para su eventual consideración. El articulado del proyecto se encuentra consensuado con el Dip. Héctor Recalde, por lo cual de aprobarlo la Cámara Alta el año entrante pasaría a Diputados para su conversión en ley. 

4. Paternidad-maternidad:
El proyecto cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores. No tuvo tratamiento en la Cámara de Diputados de la Nación. Amplía la licencia por paternidad de 2 a 5 días. Establece nuevas licencias especiales para la mujer en caso de nacimiento prematuro o con enfermedad crónica del bebé. El punto que ha objetado nuestra Entidad ante los Diputados es que propicia equiparar al hombre con la mujer en cuanto al derecho de percibir una indemnización incrementada como goza la embarazada, en caso de ser el hombre despedido sin justa causa en el transcurso del embarazo o después de nacida la criatura.
5. Transporte manual de cargas:
El proyecto cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación. Establecería que el levantamiento, colocación, empuje, tracción o desplazamiento de cargas no podría exceder de un peso máximo de 25 kgs en el caso de los varones y 15 en el caso de las mujeres. El proyecto será considerado por asesores de la Comisión de Trabajo y Previsión Social en el día de la fecha, no existiendo posibilidad de ser tratado hasta el año entrante.
6. Distribución de ganancias empresarias entre los trabajadores:
El proyecto de ley comenzó a ser tratado en reuniones con algunas cámaras empresarias y el sector sindical. No tuvo tratamiento parlamentario, por lo que pasó al año entrante.
Fuente: CAC

jueves, 9 de diciembre de 2010

El Senado aprobó la ley de medicina prepaga

La Cámara alta aprobó el proyecto para regular a las empresas de medicina prepaga. Tras un acuerdo entre los bloques, se le realizaron modificaciones al texto y volverá a la Cámara de Diputados.
Por decisión unánime de los 59 senadores presentes, la Cámara alta le dio el visto bueno al proyecto que busca establecer un marco regulatorio para las empresas de medicina prepaga.
La iniciativa, aprobada en 2008 por la Cámara baja, obliga a las empresas a cubrir planes de cobertura médico-asistencial, el Programa Médico Obligatorio y el sistema con prestaciones básicas para personas con discapacidad. Otro punto central de la norma impide que las prepagas puedan discriminar a personas que padezcan una enfermedad crónica –diabetes, HIV, cáncer, etcétera– para determinar su afiliación
Asimismo, el proyecto establece que la edad no puede ser tomada como criterio de rechazo de admisión, en tanto que a los mayores de 65 años, con al menos diez años de antigüedad en la cobertura, no se les puede aumentar la cuota por su edad.

martes, 7 de diciembre de 2010

Ya tiene Dictámen proyecto que pondría límites a las asignaciones no remunerativas.

El proyecto establece que en las negociaciones salariales que se realicen en el año 2011 podrán pactarse sumas no remunerativas, las que solo podrán mantener tal carácter por un período de seis meses y no podrán ser superiores al cincuenta por ciento del incremento salarial acordado en la ocasión. A partir del año 2012, todo aumento que se acuerde deberá tener carácter remunerativo en su totalidad.
Respecto de las sumas no remunerativas vigentes provenientes de acuerdos convencionales, se irán incorporando al salario a razón de un veinte por ciento de su valor por cada trimestre calendario, contados a partir de los sesenta días de publicación de la ley. Estas sumas deberán incrementarse en un monto equivalente al que corresponda en concepto de aportes a cargo del trabajador, con destino al Sistema de Seguridad Social, al Sistema Nacional de Obras Sociales y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
Esto afectará evidentemente a las futuras negociaciones de sindicatos como el de Comercio que han apelado recurrentemente a este recurso, llegando a pagarse sumas no remunerativas por casi el mismo monto que las remunerativas, con el consiguiente perjuicio para los trabajadores y el Sistema de Seguridad Social.
Acceda al texto del proyecto
Fuente: IPS

Se encuentra en plena vigencia el cheque cancelatorio

El BCRA aprobó la instrumentación del cheque cancelatorio mediante la Com. BCRA “A” 5.130, para reducir el uso de dinero en efectivo.
El cheque cancelatorio es un medio para la cancelación de obligaciones de dar sumas de dinero. A diferencia de los demás tipos de cheques, los cheques cancelatorios son emitidos por el BCRA (quien los entrega a los bancos en consignación a medida que las entidades registran pedidos del público). Tienen una validez de 30 días corridos desde la fecha que figura en el documento, y pueden tener hasta dos endosos. Además, tienen la particularidad de ser un instrumento bimonetario, ya que pueden ser reclamados al banco en pesos o en dólares según lo prefiera su legítimo tenedor, y son emitidos con sólo tres denominaciones: $ 5.000, $ 10.000 y $ 50.000.
Los elementos que debe contener un cheque son:
• La denominación “cheque” inserta en su texto.
• Un número de orden impreso en el cuerpo del cheque.
• La indicación del lugar y de la fecha de creación.
• El nombre de la entidad financiera girada y el domicilio de pago.
• La orden pura y simple de pagar una suma determinada de dinero,
expresada en letras y números, especificando la clase de moneda.
• La firma del librador.
La Com. BCRA dispuso en su Com. “A” 5.146 que, a partir del 26/11/10,
las entidades financieras deberán exhibir en la sede de todas sus casas,
carteles informativos sobre las características básicas del “cheque cancela-
torio”, reproduciendo el modelo siguiente:



















Fuente: IPS

sábado, 4 de diciembre de 2010

Antivirus gratuitos

  
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Edición Gratuita 2011


Versión de Prueba por 30 días


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viernes, 3 de diciembre de 2010

Nueva herramienta para descarga de archivos

A partir del día de la fecha hemos incorporado una nueva herramienta para todos los visitantes de este blog: la descarga gratuita de archivos. Están agrupados por tema y simplemente deben elegir el que sea de su necesidad. Estamos recien comenzando a subirlos, así que si necesitan alguno en especial que no se encuentre aún disponible, por favor hagannoslo saber para incorporarlo, así como también si se les ocurre alguna temática en particular para agregar. La idea es que puedan contar con este sitio para el acceso a todo aquello que puedan necesitar, siempre relacionado con nuestra incumbencia por supuesto.
También estamos incorporando un listado de enlaces útiles, como por ejemplo para obtener la Constancia de Inscripción en AFIP.
Espero les sean útiles estas nuevas herramientas y aguardamos sus comentarios y sugerencias!

Escalas Salariales Comercio

Para visualizar la escala haga click aquí.
A estos importes se debe adicionar el porcentaje de zona correspondiente (20% para Santa Cruz) y a este subtotal el 8,33% de presentismo, tanto al salario básico como al no remunerativo.

Convenios Colectivos de Trabajo

Para descargar cada Convenio, haga click en el enlace correspondiente:

Si el Convenio que Ud. necesita no se encuentra en este listado, puede solicitar su incorporación contactándose con nosotros por cualquiera de las vías disponibles.

Hasta fin de año rigen planes de regularización de ARBA

Arba implementó un régimen de regularización de deudas impositivas para aquellos contribuyentes bonaerenses que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, ni en instancia de fiscalización, determinación o discusión administrativa.
El plan, que estará vigente hasta el 31 de diciembre próximo, abarca deudas de los impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y Sellos que hubiesen vencido al 31 de diciembre de 2009.
También incluye las deudas provenientes de otros regímenes de regularización que se encuentren caducos al 31 de diciembre de 2009, siempre y cuando el ingreso a esos planes fuese posterior a enero del 2000.
El esquema de regularización para contribuyentes que no estén en etapa judicial permite las siguientes condiciones de pago:
1. Al contado: Con una bonificación del 10% para deudores de los impuestos Inmobiliario, Automotores, Ingresos Brutos y Sellos.
2. En cuotas: con un anticipo del 5% de la deuda y el saldo en 3 y hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación y sin interés de financiación.
3. En cuotas: con un anticipo del 5% de la deuda y el saldo en 15 y hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación. En este caso, cada cuota devengará un interés de financiación del 2% mensual sobre saldo.
Fuente: ARBA

miércoles, 1 de diciembre de 2010

Charla/Taller: ¨El impacto de las redes sociales en las organizaciones¨

El próximo Jueves 9 de Diciembre se llevará a cabo la última actividad del año de ADRHA Filial Mar del Plata, con una charla/taller abierta a toda la comunidad sobre ¨El impacto de las redes sociales en las organizaciones¨.
El encuentro será a las 18:00 hs. en el Museo del Mar, Av. Colón 1111, con un arancel de $60, y los temas a tratar serán los siguientes:
Empresa 2.0: Nuevos cuestionamientos, Viejas preocupaciones
Recuperando el valor de la pregunta como disparadora del pensamiento, compartamos algunos conceptos que pueden llevarnos a la reflexión y a mejorar nuestro mapa de la realidad organizacional actual,d e la mano de los nuevos paradigmas y prácticas sociales. Un nuevo hombre, una nueva empresa.
Disertante: Ing. Pablo D. Miozzi
Evolución Tecnológica: Cambios en RR.HH. y Organizaciones.
¿Qué es lo que cambia con el mundo 2.0? Nuevas formas de comunicar y recibir comunicación
El impacto de los sitios de redes sociales en organizaciones y relaciones. Usos.
“No sense of place”… ¿Qué cambia con los medios electrónicos? Cloud Computing y Teletrabajo.
Cambios en la organización. ¿Qué decir? ¿Qué mostrar? ¿Cómo mostrarse? ¿Ocultar o mostrar? ¿Conservando privacidad?
Otros valores y conductas: Colaboración y conversación. Opinar y compartir. Confianza
Generaciones Y, X… O ¿C(ontent)?
Disertante: Prof. Lic. Juan M. Bodenheimer
Ya se encuentra abierta la inscripción. Ingresá a http://www.redessocialesmdp.com.ar/ para obtener información detallada y registrarte.