miércoles, 26 de enero de 2011

Obligarían a comercios a operar con con tarjetas

El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, y la máxima autoridad del Central, Mercedes Marcó del Pont, mantuvieron el martes pasado una reunión donde delimitaron los próximos pasos que se llevarán adelante con un doble objetivo: solucionar la escases de efectivo y ajustar el control sobre las ventas en negro. En este sentido trabajan en una resolución general que buscará obligar a los comercios que todavía no las tengan, a instalar terminales electrónicas de pago para fomentar los pagos con tarjetas de débito y crédito.
En un principio estarían obligados los responsables inscriptos en el Impuestos al Valor Agregado (IVA) y en Ganancias, de modo que excluiría a los pequeños comercios enmarcados en el Monotributo.
La medida abarcaría a todos los lugares que emitan factura a consumidor final, que deberán contar con el sistema postnet (Postal Numeric Encoding Technique) para que los clientes puedan pagar con tarjetas.
Al respecto la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) remitió una nota a la presidenta del BCRA y al titular de la AFIP manifestando consideraciones particulares en relación con estos trascendidos, nota a la que puede acceder aquí.

martes, 25 de enero de 2011

Monotributo: hoy comienzan los vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral

Desde hoy y hasta el 31 de corriente mes, de acuerdo a la terminación de la CUIT, debe efectuarse la presentación de la declaración jurada informativa correspondiente al tercer cuatrimestre de este año.
Los obligados a esta presentación son los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado que:
a) se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L (podrá consultar la categoría ingresando a la constancia de opción al régimen); o
b) revistan la calidad de empleadores cumplan o no la condición señalada en el punto a).
Los datos a proporcionar son los relacionados con las operaciones realizadas, principales clientes y proveedores, datos referidos al consumo de energía eléctrica y del local/establecimiento en el que se desarrolla la actividad, entre otros.
Para mayor información sobre esta declaración jurada ingrese al siguiente vínculo: http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/rg2888.asp

lunes, 17 de enero de 2011

Estaciones de servicio: más presunciones para combatir el empleo no registrado

La AFIP, a través de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social, puso en marcha el cronograma de implementación del Indicador Mínimo de Trabajadores (I.M.T.) para los expendedores de combustibles y actividades conexas, a través de un mecanismo legal que permite presumir la cantidad mínima de trabajadores necesarios para desarrollar esta actividad.
El estudio de la AFIP está centrado principalmente en poder determinar, en forma presuntiva, la cantidad mínima de empleados teniendo como referencia la totalidad de surtidores y la capacidad de almacenamiento y expendio con que cuenta cada estación de servicio como así también el horario de atención al público, que en muchos casos es durante las 24 horas.
Asimismo también se considera que estos proveedores de combustibles generalmente cuentan a su vez con ventas de lubricantes, grasas, anticongelantes, lubriservice, lavadero artesanal, gomería y minimercado razón por la cual, en esos casos, el número de trabajadores mínimos se verá incrementado.

jueves, 13 de enero de 2011

Encargados: adicional no remunerativo

Mediante la Disp. DNRT 515/2010, publicada el 07/01/2011 en el boletín oficial, se homologa como acta complementaria del Convenio Colectivo de Trabajo 589/10, el acta acuerdo en la que se conviene el pago de una suma fija no remunerativa de $ 300 para los meses de enero y febrero de 2011.
A pesar de que el SUTERH anunciaba este acuerdo como homologado originalmente por la Res. ST 705/10 – homologatoria del convenio colectivo de trabajo 589/10 – la resolución no incluía este acuerdo complementario, según se desprendía de los folios a que hacía mención la norma. Tampoco se incluía el acuerdo en la publicación que se hizo de estas normas en el boletín oficial del 29/6/2010.
El texto del acuerdo homologado es el siguiente:
Acta acuerdo
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de junio de 2010, siendo las 17.00 horas, se encuentran reunidos los representantes de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, Víctor Santa María Secretario General, Osvaldo Bacigalupo, Secretario de Organización e Interior, Jeroslawa Mykytiuk, Secretaria, por el sector sindical y por el sector empleador se encuentran presentes: por la UNION ADMINISTRADORES DE INMUEBLES, su Presidente Osvaldo Emilio Enrique Primavesi, por la ASOCIACION INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, su Presidente Juan Manuel Acosta y Lara y por la CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, comparece su Presidente Daniel Roberto Tocco y su Vicepresidente Primero, Salvador Víctor Pérez, todos con personería jurídica y debidamente habilitadas por la autoridad de aplicación en cumplimiento de la Ley 14.250.
Las partes expresan que luego de intensas negociaciones han acordado el texto de un nuevo convenio colectivo para el Sector que reemplaza al CCT 378/04 y las sucesivas modificaciones que fueron alcanzadas y homologadas a partir del año 2005.
Las partes han acordado una nueva escala salarial que acompañan como Anexo (de tres fojas) y que regirá en el ámbito de este convenio. Asimismo dejan establecido que en el mes de enero y febrero de 2011 los trabajadores/as percibirán una suma fija de carácter no remunerativo de $ 300,cada mes. Esta suma fija será calculada en forma proporcional para los trabajadores/as que revistan las categorías previstas en el inciso d), e), h), n) y p) del artículo 7º y 8º.
No habiendo otro asunto que tratar se da por finalizada la reunión cerrando el acta y comprometiéndose las partes a presentarla y ratificarla personalmente ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación.

martes, 11 de enero de 2011

ARBA: Nuevas obligaciones formales para el comercio

Se aprobó la ley impositiva para el 2011 en la Provincia de Buenos Aires que establece como nueva obligación formal para el comercio la de exhibir en los locales de atención al público copia simple del comprobante de pago del último anticipo vencido del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Recordemos que ya se encontraba vigente la obligación de exhibir copia del certificado de domicilio expedido por ARBA.
Si bien es una carga adicional, también es una manera de evitar que al momento de recibir la visita de algún funcionario como producto de un operativo, esto puede evitar que éste deje una intmación por pagos ya efectuados pero que aún no figuran en el sistema del organismo, como ocurre a menudo.
Si bien la norma requeriría el dictado por parte de ARBA de una resolución normativa que la reglamente, es recomendable que de inmediato se cumpla esta obligación, ya que la modificación se encuentra vigente desde el 24 de Diciembre próximo pasado.
Cabe aclarar que resulta de aplicación tanto a los contribuyentes locales como de convenio multilateral .
Las sanciones por incumplimento son de multas de hasta $30.000 y clausura de 4 a 10 días, y si la omisión de exhibición se refiriera a uno solo de los comprobantes mencionados, la sanción será de una de las dos a criterio del juez administrativo interviniente.
Fuente: IPS

lunes, 3 de enero de 2011

Importantes novedades para este nuevo año

Como cierre del 2010 y para comenzar con un nuevo empuje este 2011, el Estudio Contable Colombo se ha incorporado a SMS Argentina, la organización nacional de profesionales en auditoría, asesoramiento tributario y consultoría gerencial con mayor cobertura en el territorio argentino, constituída para cubrir las necesidades de las empresas que operan en el país.
El objetivo de esto es siempre brindar mayores y mejores servicios a nuestros clientes, y en este caso en particular se trata de ampliar el horizonte, sobre todo para satisfacer las necesidades de aquellas empresas que desarrollan sus actividades en más de una jurisdicción y necesitan asesoramiento específico sobre normativas o características de otra región del país.
Esta red de profesionales abarca todo lo largo y ancho del territorio nacional, y se pueden consultar las firmas miembro en su página web www.smsargentina.com.ar, así como nuestra filosofía y los servicios involucrados en esta nueva propuesta.
¡Que este sea el comienzo de un camino lleno de éxitos y crecimiento sostenido!