martes, 29 de noviembre de 2011

Aumentos de hasta 50% en el impuesto inmobiliario provincial

A partir de la primera semana de enero de 2012 los contribuyentes bonaerenses tendrán un inesperado “regalo” de Reyes: las boletas del impuesto a las patentes y del inmobiliario llegarán con aumentos de hasta el 50%.
Así está previsto en la reforma fiscal aprobada por la Legislatura provincial. 
El esquema tributario autoriza una revaluación de los inmuebles para “acercarlo” a los precios del mercado.
Algunos casos concretos. Para las propiedades valuadas hasta los 64 mil pesos, la cuota subirá 50 pesos anuales; de 65 mil a 200 mil, tendrán que pagar hasta 200 pesos más y las viviendas con valores fiscales superiores a los 200 mil pesos no tendrán tope de aumento en el impuesto.
En el caso de las patentes (impuesto Automotor) el alza será por una actualización del precio (eso ocurre todos los años) y por la aplicación de un punto más en las alícuotas de los coches valuados en más de 60 mil pesos.
Otro gravamen que tendrá variaciones hacia arriba es ingresos brutos. Afectará algunas actividades: los comercios que vendan bebidas alcohólicas y cigarrillos; las concesionarias de autos y las agencias oficiales de venta de juegos de azar deberán pagar una alícuota más alta. Deberán abonar el 8% del total de la facturación, cuando hasta ahora pagaban el 6%.
Fuente: Clarín.

martes, 15 de noviembre de 2011

Dólar: la AFIP flexibilizó algunos controles

Desde ayer, varios ahorristas se llevaron una grata sorpresa cuando consultaron en el sistema de la AFIP el monto en pesos que podían cambiar a dólares. Hubo casos donde el organismo recaudador le triplicó la cifra.
A modo de ejemplo, el diario El Cronista, señala que jóvenes profesionales pasaron de poder comprar 1500 pesos a 4500; o 3000 a 6000. incluso, añade, hubo situaciones ahora “válidas” cuando hasta el martes el sistema arrojaba una "inconsistencia" para poder cambiar pesos por la divisa norteamericana.
Las “mejoras” implementadas por la AFIP obedecerían al incremento del retiro de los depósitos, tanto en dólares como en pesos, que está registrando el sistema bancario en los últimos días, precisó el matutino.
Desde el lunes pasado, cuando se anunció el nuevo plan de control cambiario, los depósitos en dólares de todo el sistema cayeron entre un 7 y un 10 por ciento, según estimaciones de los bancos. En números, esa cifra representaría entre 1.000 millones y 1.500 millones de dólares.
En tanto, como consecuencia de la fuga de los ahorros, algunas entidades bancarias proponían desde ayer un interés del 23 por ciento anual para los plazos fijos mayoristas en pesos, a fin de poder incentivar a los grandes operadores a conservar su dinero en el sistema.
Fuente: ADEBA

miércoles, 9 de noviembre de 2011

RG (AFIP) 3212: Procedimiento a seguir por los adquirentes con resultado de consulta "Con inconsistencias" al intentar comprar moneda extanjera

Se establecen los códigos autilizar por las entidades de cambio para el registro de las operaciones de venta de moneda extranjera de acuerdo a lo establecido por la RG 3210, siendo los siguientes:

Concepto
Subconcepto
Descripción
981
5
Operaciones de organismos internacionales, representaciones diplomáticas y consulares, misiones especiales, etc. (Com. “A” 5239 Punto 1 a)
982
5
Operaciones de gobiernos locales (Com. “A” 5239 Punto 1 b)
983
5
Operaciones de empleados de gobiernos locales no integrados al Sistema Integrado Previsional Argentino - SIPA (Com. “A” 5239 Punto 1 segundo párrafo)
984
5
Operaciones de personas físicas por préstamos hipotecarios para la compra de vivienda (Com. “A” 5239 Punto 1 c, incorporado por la Com. “A” 5240)
985
5
Operaciones de cambio en concepto de turismo y viajes a no residentes (Com. “A” 5241)
986
5
Operaciones de personas físicas por fondos resultantes del cobro de jubilaciones y pensiones percibidas del exterior (Com. “A” 5239 Punto 1 d incorporado por la Com. “A” 5242)

Ante la respuesta “Con Inconsistencias”, el adquirente podrá consultar los motivos de las mismas
ante la dependencia de este Organismo en la cual se encuentre inscripto. En el caso de sujetos no inscriptos ante aquella correspondiente a la jurisdicción de su domicilio.

Cuando el motivo de la inconsistencia fuese “insuficiente capacidad económica financiera” podrá, asimismo, regularizar su situación presentando una nota conforme lo previsto en la resolución general 1128 (Multinota), acompañada de los siguientes elementos:
a) La impresión de la respuesta emitida por el sistema, en la cual conste dicho motivo, y
b) la documentación fehaciente que acredite el origen y cuantía de los fondos a utilizar para el pago de la compra de la moneda extranjera, observada.
La dependencia receptora evaluará los elementos presentados y resolverá sobre la procedencia de lo solicitado.
Los demás motivos de inconsistencia podrán igualmente subsanarse ante la mencionada dependencia, regularizando los mismos en la forma que para cada caso corresponda.

Recordamos que el potencial adquirente podrá consultar en forma previa a la realización de la operación cambiaria el resultado de la evaluación sistémica que realizará esta Administración Federal, debiendo acceder previamente al servicio denominado “Consulta de Operaciones Cambiarias”, a través del sitio “web” de este Organismo. A tal fin, deberá contar con “Clave Fiscal”, la cual se obtiene dirigiéndose a la dependencia AFIP en la que estuviera inscripto con DNI original y copia, o en aquella correspondiente a la jurisdicción de su domicilio en el caso de no estarlo. Puede consultarse este dato ingresando aquí: http://www.afip.gov.ar/genericos/datos_de_dependencias/agencias/agencias_main.asp






miércoles, 2 de noviembre de 2011

Petroleras y mineras deberán liquidar divisas en el país

El Gobierno reestableció la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de exportaciones petroleras, de gas natural y licuado y de productos mineros.
El sector exportador de hidrocarburos y de minería gozaba de un tratamiento diferencial para la liquidación de las divisas pero ahora se decidió restablecer la obligatoriedad de volcar las divisas en el mercado local.
Fuente: CAC