viernes, 30 de marzo de 2012

Santa Cruz. Ingresos brutos: Ley impositiva aplicable a partir del 1/4/2012

Se publicó hoy en el B.O. la Ley Provincial 3252, que entrará en vigencia a partir del 1º de Abril próximo.
Entre las principales modificaciones destacamos las siguientes:
-Se eleva al 3% la alícuota general del impuesto sobre los ingresos brutos
-Se establece el régimen simplificado para pequeños contribuyentes del impuesto, fijando los importes a ingresar de acuerdo a las categorías de Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes Nacional (Monotributo):
Categoría Monotributo AFIP
Impuesto Fijo Mensual ($)
B
60
C
90
D
120
Señalamos que este régimen simplificado entrará en vigencia cuando finalice el proceso de desarrollo informático y operativo.
Para acceder al texto completo de la norma haga click aquí.

jueves, 29 de marzo de 2012

NUEVOS IMPORTES APORTES DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Se establecen los nuevos importes de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos que regirán a partir de la obligación de pago mensual correspondiente al período devengado marzo de 2012 -con vencimiento en el mes de abril de 2012- y siguientes.
Destacamos los importes de las categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos

Categorías
Importes en pesos
I
312,96
II
438,13
III
625,90
IV
1.001,45
V
1.376,98

B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial 

Categorías
Importes en pesos
I" (I prima)
342,30
II" (II prima)
479,20
III" (III prima)
684,58
IV" (IV prima)
1.095,33
V" (V prima)
1.506,07

C) Afiliaciones voluntarias 

Categoría
Importe en pesos
I
312,96

D) Menores de 21 años 

Categoría
Importe en pesos
I
312,96

E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma 

Categoría
Importe en pesos
I
264,06

F) Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto por la ley 24828 

Categoría
Importe en pesos
I
107,58

miércoles, 21 de marzo de 2012

Nuevo aplicativo AFIP "Ganancias Personas Físicas - Bienes Personales - Versión 13"

Ya está disponible el nuevo aplicativo para la liquidación del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales 2011.
Esta nueva versión, como  novedad más importante y necesaria, actualiza los importes de las deducciones personales del artículo 23 de la ley del impuesto a las ganancias, de acuerdo con lo establecido por la ley 26.731 para los períodos fiscales 2010 y 2011 y la deducción por servicio doméstico. Para descargar el aplicativo haga click aquí 



lunes, 19 de marzo de 2012

Se homologó el Acuerdo de Recomposición Salarial de Panaderos

Este acuerdo, firmado el 10 de Enero del corriente año, prevée una recomposición salarial en dos etapas, a saber:

Primera etapa:                                       Enero a junio 2012

Categoría                                                           Básico
Oficial                                                     $ 3.335
Medio oficial                                             $ 3.041
Ayudante                                                 $ 3.006
Peón                                                       $ 2.962
Cajero/a                                                  $ 3.041
Dependiente                                             $ 2.981
Repartidor                                                $ 3.041

Segunda etapa:                                 Julio a octubre 2012

Categoría                                                           Básico
Oficial                                                     $ 3.733
Medio oficial                                             $ 3.408
Ayudante                                                 $ 3.365
Peón                                                       $ 3.311
Cajero/a                                                  $ 3.408
Dependiente                                             $ 3.335
Repartidor                                                $ 3.408

A su vez en su cláusula cuarta este Acuerdo fija el pago de un ¨Plus Extraordinario¨ de carácter
no remunerativo, que asciende a $200 y que se abonaría con las remuneraciones del mes de Enero.

miércoles, 14 de marzo de 2012

ÍNDICES DE PRECIOS DEL INDEC. FEBRERO DE 2012

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) difunde los índices de precios correspondientes al mes de febrero de 2012.
- ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) 
Nivel general: 515,42(*). Variación % respecto al mes anterior: 1,0. 
- ÍNDICE DE PRECIOS INTERNOS BÁSICOS (IPIB)
Nivel general: 521,82(*). Variación % respecto al mes anterior: 1,1. 
- ÍNDICE DE PRECIOS BÁSICOS DEL PRODUCTOR (IPP)
Nivel general: 531,99(*). Variación % respecto al mes anterior: 1,2.
- ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR DEL GRAN BUENOS AIRES
Nivel general: 137,92. Variación % respecto al mes anterior: 0,7. 
- ÍNDICE DEL COSTO DE LA CONSTRUCCIÓN
Nivel general: 549,2(*). Variación % respecto al mes anterior: 0,8.
(*) Dato provisorio. 

martes, 13 de marzo de 2012

RG (AFIP) 3280: Se fijan las valuaciones de bienes e información complementaria para el período fiscal 2011

A través de la publicación en el día de la fecha de la RG 3280, la Administración Federal de Ingresos Públicos fija las valuaciones de los bienes alcanzados por el impuesto sobre los bienes personales, a los efectos de establecer el valor mínimo de los automotores, motocicletas y motos, correspondiente al año fiscal 2011.
Asimismo se informan las cotizaciones al 31 de diciembre de 2011 de las monedas extranjeras y de las acciones y demás títulos valores, así como los correspondientes a las cuotas parte de los fondos comunes de inversión y el detalle del formato de catastro correspondientes a las distintas jurisdicciones del país y las denominaciones de las entidades financieras con sus respectivas Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT).
Para acceder al texto completo de la Resolución con su correspondiente Anexo, haga click aquí.

miércoles, 7 de marzo de 2012

TRANSPORTE DE CARGAS, CCT 40/1989. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DESDE FEBRERO DE 201

Los representantes de la actividad de Transporte de cargas, logística y servicios han arribado a un nuevo Acuerdo de recomposición salarial. 
En tal sentido, se estableció el pago de una asignación no remunerativa extraordinaria de $ 1.000 para todo el país a abonarse en 3 cuotas: 
- $ 400 con las remuneraciones de febrero de 2012; 
- $ 300 con las remuneraciones de abril de 2012; y
- $ 300 con las remuneraciones de mayo de 2012. 
El citado Acuerdo ha sido presentado al Ministerio de Trabajo, encontrándose, a la fecha, pendiente de homologación.

Para ver el texto del Acuerdo haga click aqui

jueves, 1 de marzo de 2012

Conceptos no remunerativos: Se implementa un régimen de información a partir del 1º de Abril

A través de la RG AFIP 3279 se crea un régimen de información para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios a sus empleados, los conceptos que se encuadran como "No Remunerativos", como así también la normativa legal o convencional en la que se avalan y el importe total liquidado por tal concepto liquidado a los mismos.
En tal sentido, los empleadores deberán declarar los conceptos "no remunerativos" en el micrositio "Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos (DJNR)", disponible en la web de la AFIP.
La presente resolución general entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2012, inclusive, y será de aplicación respecto de las remuneraciones que se abonen a partir de dicha fecha.