Dichos incrementos absorberá hasta su concurrencia las mejoras que en general o particular hubieran fijado las empresas a cuenta de futuros aumentos.
Para las provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego se acuerda aplicar un plus por zona desfavorable del 30% sobre el básico.
Se establece a su vez un reajuste para el mes de Abril de 2011, del orden del 15% sobre los salarios vigentes al 30 de Marzo, que será liquidado en forma no remunerativa dentro de la primera quincena del mes de Mayo o, a más tardar, junto con la liquidación de ésta, de acuerdo al siguiente detalle:
| Nivel | No remunerativo Abril 2011 |
| 10 | $ 667,25 |
| 9 | $ 613,23 |
| 8 | $ 566,59 |
| 7 | $ 526,20 |
| 6 | $ 486,00 |
| 5 | $ 453,00 |
| 4 | $ 427,44 |
| 3 | $ 400,73 |
| 2 | $ 382,28 |
| 1 | $ 372,56 |
Este acuerdo ha sido presentado al Ministerio de Trabajo, encontrándose a la fecha pendiente de homologación.
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