martes, 6 de noviembre de 2012

Trabajo Agrario: Se fijan nuevos montos para las remuneraciones mínimas y tope indemnizatorio del personal permanente de prestación continua

A través de la Resolución (CNTA) 103/2012 Se fijan las remuneraciones mínimas y tope indemnizatorio del personal permanente de prestación continua comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario, ley 26727, en el ámbito de todo el país, a partir del 1 de octubre del 2012 y del 1 de diciembre de 2012.



Desde el 1 de octubre de 2012



Sin comida y sin SAC
Sueldo
$
Jornal
$
Peones generales
3.315,60
145,86
Ayudantes de especializados
Peón único
3.403,30
149,73
Especializados:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)
3.410,45
150,04
Ovejeros
3.438,60
151,76
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros
3.537,83
155,66
Ordeñadores en explotaciones tamberas
3.560,98
156,67
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros
3.670,13
161,34
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola
3.693,03
162,72
Mecánicos Tractoristas
3.883,80
170,85
Personal jerarquizado
Puestero
3.655,24
Capataces
4.032,09
Encargados
4.253,38

Montos topes indemnizatorios
Base promedio
Tope
$ 3.654,49
$ 10.963,46

Desde el 1 de diciembre de 2012

Sin comida y sin SAC
Sueldo
$
Jornal
$
Peones generales
3.580,85
157,53
Ayudantes de especializados
Peón único
3.675,56
161,71
Especializados:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de haras, peones de cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos)
3.683,28
162,04
Ovejeros
3.713,68
163,90
Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros
3.820,86
168,11
Ordeñadores en explotaciones tamberas
3.845,86
169,20
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros
3.963,74
174,24
Conductores Tractoristas, Maquinista de Máquinas Cosechadora y Agrícola
3.988,47
175,73
Mecánicos Tractoristas
4.194,51
184,52
Personal jerarquizado
Puestero
3.947,66
Capataces
4.354,66
Encargados
4.593,65

Montos topes indemnizatorios
Base promedio
Tope
$ 3.963,85
$ 11.840,54

Bonificación por antigüedad: Será el uno por ciento (1%) de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga un antigüedad de hasta diez (10) años, y del uno y medio por ciento (1,5%) cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los diez (10) años.

A los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente resolución que desarrollan sus tareas en jurisdicción de las Provincias del Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, les es aplicable un coeficiente adicional de uno punto veinte (1.20) sobre las remuneraciones mínimas de la categoría laboral que revistan.




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