lunes, 4 de abril de 2011

Impuesto a las Ganancias. Personas físicas. Nuevo incremento de deducciones personales a computar en los anticipos correspondientes al período fiscal 2011

Se publicó hoy en el B.O. la RG 3074 que oficializa los anuncios hechos por el gobierno respecto del incremento de las deducciones personales del Art. 23 de la ley del impuesto a las ganancias a partir del periodo fiscal 2011.
En tal sentido se establece un nuevo modelo para efectuar el cálculo de los anticipos con estos nuevos valores de deducciones personales, como sigue:
1. Ganancia neta del ejercicio fiscal 2010, antes de restar las deducciones personales (art. 23 de la ley del gravamen)
 
$ ........
2. Deducciones:
  
Ganancias no imponibles (*)
$ ........
 
Cargas de familia (*)
$ ........
 
Deducción especial (*)
$ ........
 
3. Total de deducciones a computar
 
$ (........)
4. Ganancia neta sujeta a impuesto
 
$ =====
5. Impuesto determinado por aplicación de la escala del art. 90 de la ley del gravamen
 
$ .........
6. Importe total de los conceptos deducibles [son los detallados en los 6 ptos. del inc. a) del art. 3 de la RG 327, sus modif. y compl.]
 
$ (........)
7. Total a ingresar por cada anticipo del período fiscal 2011 (5 - 6) dividido 5 (cantidad de anticipos)
 
$ ........
 
(*) Se utilizarán los valores que se indican en la siguiente tabla:

CONCEPTO
IMPORTE $
A) Ganancias no imponibles [art. 23, inc. a)]
12.960
B) Deducción por carga de familia [(art. 23, inc. b)].
 
1. Cónyuge
14.400
2. Hijo
7.200
3. Otras Cargas
5.400
C) Deducción especial [art. 23, inc. c), primer párr.].
12.960
D) Deducción especial [art. 23, inc. c): art. 79, incs. a), b) y c)].
62.208

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