martes, 28 de junio de 2011

Beneficio de reducción de contribuciones patronales. Plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas rectificativas y modificación en el sistema "Mi Simplificación II"

A través de la R.G. (AFIP) 3136 del 24/06/2011, se establece que, a los fines de acceder a la reducción de la alícuota de contribuciones patronales dispuesta por el artículo 16 de la ley 26476, los empleadores que hubieran presentado las declaraciones juradas (F. 931) determinativas de las obligaciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado enero de 2011 y siguientes, identificando las nuevas relaciones laborales en el "Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS", con "Códigos de Modalidades de Contratación" distintos a los códigos 201, 202 ó 203, deberán proceder a su rectificación. 
La presentación de las respectivas declaraciones juradas rectificativas y la modificación en el sistema "Mi Simplificación II" podrán efectuarse desde el 24/6/2011 hasta la fecha de vencimiento prevista para la presentación de la declaración jurada correspondiente al período devengado junio de 2011.

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