jueves, 17 de mayo de 2012

SANTA CRUZ: Régimen de pasantias para el nivel de Educación Secundaria y Técnico Profesional Secundaria


A través del Decreto 1342/2012 del Poder Ejecutivo de la Provincia se aprobó el Régimen de Pasantias que regirá en todo el ámbito del Nivel de Educación Secundaria del Sistema Educativo Provincial para la realización por parte de los alumnos, de prácticas relacionadas con su educación y formación, de acuerdo a la especialización que reciben, bajo organización, control y supervisión de la institución de enseñanza a la que pertenecen y formando parte indivisible de la propuesta curricular, durante un lapso determinado.
La situación de Pasantía no creará ningún otro vínculo para el pasante, más que el existente entre el mismo y la institución educativa correspondiente, no generándose relación laboral alguna con la institución -pública o privada- o la empresa donde efectúe su práctica educativa.
El número de pasantes simultáneos no podrá superar en cada establecimiento los siguientes límites y porcentajes, calculados sobre el total de trabajadores regulares que desempeñen tareas en el mismo:
a) Hasta cinco (5) trabajadores: uno (1)
b) Entre seis (6) y diez (10) trabajadores: dos (2)
c) Entre once (11) y veinticinco (25) trabajadores: tres (3)
d) Entre veintiséis (26) y cuarenta (40) trabajadores: cuatro (4)
e) Entre cuarenta y uno (41) y cincuenta (50) trabajadores: cinco (5)
f) Más de cincuenta (50) trabajadores: diez por ciento (10%).
A los fines de la aplicación de estos límites, en el caso de tratarse de empresas en las que los propietarios y sus familiares desarrollen actividades, se sumarán los mismos al total de trabajadores.
Para poder participar del Régimen de Pasantías con sujeción al presente decreto, las organizaciones oferentes deberán firmar, con el Consejo Provincial de Educación, un Convenio General de Pasantías.
Las instituciones y empresas, públicas o privadas, oferentes de pasantías deberán otorgar a los pasantes todos los beneficios con que cuenta su personal tales como transporte, comedor, tiempos de descanso. Además podrán otorgar otros beneficios cuando sean acordados previamente en los Protocolos y Acuerdos Individuales de pasantía (tales como refrigerio, estímulos para viáticos u otros gastos), y deberán brindar protección de seguro de riesgos del trabajo. No obstante los distintos Seguros Escolares se extenderán a las actividades que desempeñen los alumnos en calidad de pasantes en los lugares de trabajo.

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