Se establecen los nuevos importes de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos que regirán a partir de la obligación de pago mensual correspondiente al período devengado marzo de 2013 -con vencimiento en el mes de abril de 2013- y siguientes.
Destacamos los importes de las categorías mínimas de revista:A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
Categorías
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Importes en pesos
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I
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401,62
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II
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562,26
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III
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803,24
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IV
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1.285,19
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V
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1.767,13
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B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
Categorías
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Importes en pesos
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I’ (I prima)
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439,27
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II’ (II prima)
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614,97
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III’ (III prima)
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878,55
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IV’ (IV prima)
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1.405,68
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V’ (V prima)
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1.932,80
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C) Afiliaciones voluntarias y menores de 21 años
Categoría
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Importe en pesos
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I
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401,62
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D) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
Categoría
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Importe en pesos
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I
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338,87
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E) Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto por la ley 24828
Categoría
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Importe en pesos
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I
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138,06
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